Con la firma de los Dr. Marcela Badano, Marcela Davite de Acuña y Raul Herzovich dictaron sentencia por el caso caratulado como “Olier Ismael s/abuso sexual simple, gravemente ultrajante y agravado por la condición; abuso sexual simple, gravemente ultrajante y agravado por la condición del autor en grado de tentativa, y amenazas, en concurso real”. Al expedirse los magistrados resolvieron condenarlo a la pena de tres años de prisión, de ejecución condicional.

Los vocales del Superior Tribunal de Justicia expresan en la Sentencia Nº 23 de fecha 7 de Mayo de 2012 que “Ismael Rubén Olier, es autor material y responsable de los delitos de ABUSO SEXUAL SIMPLE agravado por la condición de ser el autor encargado de la Educación de la víctima – dos hechos y AMENAZAS, todo en concurso real, y en consecuencia CONDENARLO a la pena de TRES AÑOS DE PRISION DE EJECUCION CONDICIONAL”. En el segundo articulo de la sentencia fijan que el imputado debe por el termino de tres años a) fijar domicilio el que no podrá variar sin autorización del Tribunal; b) abstenerse de abusar de bebidas alcohólicas y/o estupefacientes; c) evitar cualquier tipo de contacto con el menor víctima, o desplegar actos perturbadores y/o intimidatorios con el menor victima… Fuente FM Vida