El abogado querellante en la causa que se tramita por el crimen de Alexis Ceparo, Ladislao Uzin Olleros, desestimó las versiones del abogado defensor, que intentan catalogar a la víctima como un agresor permanente de Molaro durante 20 años. “No es tal como se ha señalado, es más, lo desmentimos, ya que los elementos hasta aquí reunidos en el expediente están señalando hechos totalmente diversos y contrarios a estos precedentes que se están atribuyendo con cierta liviandad”, afirmó. En cuanto a una posible libertad condicional del detenido, Olleros desestimó la posibilidad, argumentando que: “por los elementos hasta aquí reunidos, la gravedad del hecho y la fuga de quien está señalado como el homicida, no creo que se otorgue el beneficio”

En dialogo con el Programa Debate Abierto por FM 100 de Cerrito, Uzin Olleros indicó que como primera medida, en nombre de los padres de la víctima,  comparecieron ante al juzgado, con las formalidades de la ley, solicitando la intervención en la causa, con acceso al expediente. Esta medida los ubica en el rol de actores civiles y querellantes particulares, una acción paralela a la del Ministerio Publico Fiscal.


Seguidamente explicó que al tener acceso en la causa analizaron el expediente que ya tiene alrededor de 450 fojas. En el mismo sentido agregó que asistieron a la audiencia de declaración indagatoria, en la que el imputado se abstuvo de declarar, haciendo uso de las garantías que le da la Constitución Nacional.


El abogado querellante dijo que la causa en principio había sido caratulada “Alexis Ceparo, su homicidio” y  partir de la indagatoria ya figura con el nombre de Molaro, atribuyéndole la figura de homicidio.


Con respecto a las modificaciones que pueda tener la calificación analizó que “al momento de pronunciarse el Juez,  dentro de los diez días de la declaración indagatoria, en caso de dictar el auto de procesamiento, tiene que determinar si es homicidio simple o calificado, Art. 79 u 80 del código penal”.


Al ser consultado por las versiones que hizo públicas el abogado defensor, Marciano Martínez, sobre las motivaciones que habrían llevado al homicida a cometer el hecho, adjudicándole a la victima una serie de actos burlescos e  ironías, Uzin Olleros desmintió absolutamente esta situación.


 “Los elementos que están colectados en la causa dicen absolutamente lo contrario”,  expresó el abogado, agregando que “no es tal como se ha señalado, es más, lo desmentimos ya que los elementos hasta aquí reunidos en el expediente están señalando hechos totalmente diversos y contrarios a estos precedentes que se están atribuyendo con cierta liviandad”, afirmó


También tuvo respuestas para las advertencias del Dr. Martínez en cuanto a contar con igualdad de armas durante el proceso y tras reconocer que las mismas están garantizadas, trazó parámetros con el hecho delictivo y explicó: “Fíjese que ironía, hoy se esta reclamando igualdad de armas para un proceso penal, igualdad que no la tuvo Alexis, quien fue víctima de un hecho brutal, aberrante, alevoso y cobarde sin ninguna posibilidad de defenderse. Fue tomado por sorpresa por quien desarrolló un acto homicida, con una alevosía manifiesta. Alexis no tuvo igualdad de armas, que hoy si se están reclamando desde la defensa”


Reafirmando su desmentida concluyó en que los dichos se contradicen con las constancias de la causa, indicando que “por imperativo legal, ética profesional y reglamento de los abogados no puedo revelar, inclusive por estrategia misma de nuestra parte no puedo brindar mayores detalles”.


“Desmentimos estas imputaciones falaces sobre la víctima y en la peregrina hipótesis que hubiera sido así, me parece una desproporción entre una supuesta burla, por nosotros desmentida y una reacción de atacar con un arma de grueso calibre a una persona indefensa provocándole la muerte. Creo que por sí sola está manifestando cual es la realidad de lo sucedido”, explicó.


Sobre los pasos a seguir en el proceso judicial,  mencionó como posible que en los próximos días el Juez Garzón solicite la intervención del cuerpo médico forense, para la realización de un examen psiquiátrico al imputado. “Con esto se determinaría si existen causas de inimputabilidad y en su momento evaluar la calificación del hecho, con los agravantes y atenuantes que pueda tener la conducta de la persona imputada”.


Al analizar las posibilidades de que el imputado pueda obtener los beneficios de una libertad condicional, Uzin Olleros desestimó la misma, argumentando que:  “por los elementos hasta aquí reunidos, la gravedad del hecho y la fuga de quien está señalado como el homicida, mas los antecedente jurisprudenciales que hay, con criterio de la corte y la procuración general de la provincia, que la hacen obligatoria para los agentes fiscales de primera instancia, entendemos que no habría ninguna posibilidad de esa situación”.


 Finalmente estimó que, por los elementos hasta aquí reunidos, la instrucción en pocos meses estaría en condiciones de dejar determinada la imputación penal y elevarla a juicio ante la cámara que corresponda.


“Estimamos que en el curso de este año podría desarrollarse el plenario, o sea el juicio oral y público que dictará una sentencia única”, concluyó.